Saltar al contenido
Volver

PGU en Chile: requisitos, monto vigente y cómo tramitarla

5 min de lectura

En resumen

$231.732 mensuales (65–81 años), $250.275 mensuales (82 años o más, desde febrero 2026), según ChileAtiende. Montos sujetos a reajuste periódico — verifica el valor vigente en el IPS antes de solicitar.

Ver qué cubre esta guía

Qué cubre

  • Quiénes cumplen los requisitos de edad, residencia e ingresos.
  • El monto vigente y cuándo se reajusta.
  • Cómo tramitarla en el IPS y qué documentos llevar.
  • Cómo se complementa (o reduce) si ya tienes pensión AFP.

Qué no cubre

  • No predice el monto individual definitivo — eso lo resuelve el IPS.
  • No recomienda AFP ni estrategia de inversión.
  • El monto se actualiza; verifica siempre en el IPS el valor vigente.
Ilustración del artículo: PGU en Chile: requisitos, monto vigente y cómo tramitarla

Información vigente al 2026-05-03. El monto de la PGU se reajusta periódicamente por ley. Verifica el valor actualizado directamente en el IPS o ChileAtiende antes de tomar cualquier decisión.

Llegaste a los 65 años y no sabes si te corresponde la PGU, cuánto recibirías o si tu pensión AFP la reduce. Este artículo responde esas preguntas con fuentes oficiales — sin prometer un monto exacto individual, porque eso lo determina el IPS según tu caso.

¿Qué es la PGU?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es una pensión estatal mensual que el Estado de Chile paga a adultos mayores que cumplan los requisitos legales. La PGU fue creada por la Ley 21.419 (“Crea la Pensión Garantizada Universal y Modifica los Cuerpos Legales que Indica”, promulgada 26-ENE-2022) y está administrada por el IPS. Su objetivo es garantizar un ingreso mínimo en la vejez, independientemente de si la persona cotizó en el sistema AFP o no.

El monto vigente al 2026-05-03 debe verificarse directamente en el IPS — se reajusta por decreto y puede haber cambiado desde la fecha de corte de este artículo.

Para entender el contexto de cambios al sistema previsional que afectan a la PGU, revisa la guía de reforma previsional vigente.

¿Quiénes pueden recibirla?

Para acceder a la PGU debes cumplir tres requisitos simultáneamente:

1. Edad: 65 años cumplidos. El derecho se activa el mes en que se cumplen los 65 años.

2. Residencia: mínimo 20 años en Chile a partir de los 20 años de edad, más 4 años de residencia en los últimos 5 años anteriores a la solicitud (Ley 21.419). Los años de residencia deben ser acreditables. Este requisito aplica tanto a chilenos como a extranjeros con residencia legal — verifica el texto exacto vigente en el IPS o BCN.

3. Pertenecer al 90% de menores ingresos. El Ministerio de Desarrollo Social determina este criterio. En la práctica, la mayoría de adultos mayores con pensión AFP base baja o sin pensión lo cumple. Si tienes patrimonio o ingresos altos, podrías quedar fuera del percentil.

¿Cuánto se paga? Monto y calendario de ajuste

El monto vigente de la PGU es $231.732 mensuales para personas de 65 a 81 años. Desde febrero 2026, personas de 82 años o más acceden al monto ampliado de $250.275 mensuales (fuente: ChileAtiende). El monto se reajusta periódicamente por ley — verifica el valor actualizado en el IPS.

El pago es mensual y se deposita en la cuenta que registres al tramitar. Los reajustes se informan con anticipación por el IPS y el Ministerio del Trabajo.

¿Cómo tramitarla ante el IPS?

El trámite se realiza ante el IPS (Instituto de Previsión Social):

Canales disponibles:

  • IPS presencial: sucursales a lo largo del país.
  • Portal IPS en línea: ips.gob.cl.
  • ChileAtiende: portal de trámites del Estado (chileatiende.gob.cl).

Documentos habituales:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Acreditación de residencia (puede variar; verifica en IPS).
  • Cartola de pensión AFP si la tienes.

Nota importante: en algunos casos el IPS tramita la PGU automáticamente cuando detecta que la persona cumple los requisitos al cruzar datos. Si crees que calificas y no has recibido nada al cumplir 65 años, contacta el IPS.

PGU y pensión AFP: ¿se complementan o se restan?

Si ya tienes pensión AFP, la PGU no se suma de manera íntegra. Existe un mecanismo de complemento que reduce el monto de la PGU en función de tu pensión base — de modo que el total (pensión AFP + PGU) sea mayor que solo la PGU, pero no igual a la suma completa de ambos montos.

Los umbrales vigentes (Superintendencia de Pensiones) son:

  • Pensión base hasta $789.139: corresponde PGU completa de $231.732.
  • Pensión base entre $789.139 y $1.252.602: corresponde un monto variable de PGU. El IPS calcula el aporte aplicable a tu caso.
  • Pensión base desde $1.252.602: no corresponde PGU.

Si tu pensión AFP es muy baja o no tienes pensión AFP, recibes la PGU completa. Si tienes pensión AFP alta, la PGU se reduce o puede no corresponder. Para conocer el monto exacto en tu situación, consulta directamente al IPS o a la Superintendencia de Pensiones.

Casos frecuentes

Sin cotizaciones AFP: Si nunca cotizaste o cotizaste muy poco, puedes acceder a la PGU completa si cumples edad y residencia. No tener pensión AFP no es impedimento — es una de las situaciones para las que fue diseñada la PGU.

Extranjeros residentes: Los extranjeros con residencia legal en Chile pueden acceder a la PGU si cumplen el requisito de residencia (20 años desde los 20). Verifica las condiciones exactas en el IPS, ya que pueden existir condiciones adicionales según tu situación migratoria.

Con APV: Tener APV no bloquea automáticamente el acceso a la PGU. Lo que importa es el percentil de ingresos y el monto de tu pensión final. Consulta tu situación específica con el IPS.

Preguntas frecuentes

¿La PGU se cobra como pensión mensual? Sí. Se deposita mensualmente en la cuenta que registres al tramitar.

¿Puede coexistir con pensión de invalidez? La compatibilidad entre la PGU y una pensión de invalidez depende del tipo de pensión. Consulta directamente en el IPS con tu número de caso — las reglas de compatibilidad varían según el régimen y la fecha de inicio de la pensión.

¿Qué pasa si la pensión AFP supera el monto PGU? Puede ocurrir que el mecanismo de complemento resulte en que el aporte de la PGU sea muy bajo o nulo, dependiendo del umbral vigente. El IPS calcula el monto aplicable a tu caso en el proceso de tramitación.

Contenido educativo. El monto de la PGU se reajusta periódicamente por ley. Verifica el monto vigente en el IPS antes de tomar decisiones basadas en esta guía.

Qué sigue

Sigue con una herramienta, una guía relacionada o vuelve al hub del tema.


Comparte este artículo en:

Anterior en Pensiones y AFP
Cómo leer la cartola AFP: qué significa cada campo y cómo detectar errores
Siguiente en Pensiones y AFP
Cuenta 2 de la AFP: ahorro flexible, retiros e impuestos

También puede interesarte