La Ley 21.735 (Reforma Previsional 2025) modifica el sistema AFP en Chile: crea una cotización adicional de cargo del empleador, introduce fondos generacionales en reemplazo de los multifondos A-E, y modifica las pensiones de vejez. Acá qué ya cambió, qué cambia pronto y qué significa para tu liquidación y tu pensión futura.
¿Qué regula?
La Ley 21.735 rediseña el ahorro previsional obligatorio, crea nuevos componentes del Seguro Social y ordena la transición desde los multifondos hacia fondos generacionales. El punto más fácil de confundir es este: no todo el nuevo aporte del empleador entra directo a tu cuenta individual.
Respuesta rápida
Regla general: desde agosto de 2025 el empleador empezó a pagar una nueva cotización de 1% sobre la remuneración imponible. De ese 1%, 0,1% va directo a la cuenta individual AFP y 0,9% va al Seguro Social / FAPP. El nuevo aporte sube gradualmente hasta llegar a 7% en agosto de 2033, y en ese punto su reparto oficial queda en 4,5% a cuenta individual, 1,5% a Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) y 2,5% al Seguro Social.
Excepciones o condiciones comunes: el 1,5% del SIS ya existía a cargo del empleador y, desde agosto de 2026, se integra al esquema del Seguro Social. Por eso el aporte patronal previsional total puede describirse como 8,5% en 2033, pero no porque el nuevo 7% vaya completo a la AFP.
Vigencia / fecha de corte: contenido verificado al 2026-03-12.
Fuentes primarias críticas: BCN Ley 21.735, BCN — Ley 21.735 texto completo, ChileAtiende - nueva cotización de empleadores y Superintendencia de Pensiones.
Puntos clave para personas
Qué está aprobado, qué rige y qué se aplica hoy
| Bloque obligatorio | Estado a 2026-03-12 |
|---|---|
| Qué está aprobado (ley / norma) | La Ley 21.735 ya creó el nuevo 7% del empleador, el Seguro Social y la migración a fondos generacionales. |
| Desde cuándo rige (vigencia legal) | La ley fue publicada en 2025 y varias disposiciones ya están vigentes. |
| Desde cuándo se aplica (implementación operativa) | La nueva cotización del empleador empezó a recaudarse en agosto de 2025. El traspaso a fondos generacionales tiene implementación posterior y depende del calendario operativo informado por la SP. |
| Qué cambia hoy vs después | Hoy el nuevo aporte es 1% y solo 0,1% entra a tu cuenta individual. Después, el nuevo aporte llegará a 7% y solo 4,5% terminará directo en tu cuenta individual. |
El 7% del empleador no equivale a 7% en tu AFP
El aporte patronal adicional es de cargo exclusivo del empleador. No se descuenta del sueldo líquido del trabajador y no reemplaza el 10% obligatorio que ya sale de tu remuneración.
Tramo que va directo a la cuenta individual
La calculadora de jubilación del sitio usa un cronograma oficial versionado para la parte del aporte patronal que sí entra a la cuenta individual:
| Período | % del empleador que va directo a la cuenta individual |
|---|---|
| 2025-08-01 a 2026-07-31 | 0,1% |
| 2026-08-01 a 2027-07-31 | 0,25% |
| 2027-08-01 a 2028-07-31 | 0,5% |
| 2028-08-01 a 2029-07-31 | 0,75% |
| 2029-08-01 a 2030-07-31 | 1,0% |
| 2030-08-01 a 2031-07-31 | 1,5% |
| 2031-08-01 a 2032-07-31 | 2,0% |
| 2032-08-01 a 2033-07-31 | 3,0% |
| Desde 2033-08-01 | 4,5% |
Cómo se reparte el aporte en régimen permanente
| Componente | Destino final |
|---|---|
| 4,5% | Cuenta de capitalización individual en la AFP |
| 1,5% | Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) / Seguro Social |
| 1,0% | Compensación por diferencia de expectativa de vida para mujeres |
| 1,5% adicional | SIS ya existente, que se integra al esquema desde agosto de 2026 |
El BAC (Beneficio por Años Cotizados)
La ley creó componentes colectivos para mejorar pensiones y compensar brechas previsionales. En esta reforma, BAC se usa para referirse al Beneficio por Años Cotizados, no como nombre genérico de todo el componente colectivo. En la práctica, el punto clave es separar:
- Cuenta individual: sí forma parte de tu ahorro previsional propio y sigue las reglas de herencia del sistema AFP.
- Componentes colectivos del Seguro Social: no son lo mismo que tu cuenta individual y no deben sumarse como si fueran saldo propio AFP.
Si buscas una explicación simplificada de beneficios futuros, úsala como resumen orientativo, no como cálculo definitivo: el monto final depende de reglamentos, historial de cotizaciones y la implementación administrativa.
Fondos generacionales
A partir de 2027 la reforma ordena la transición desde multifondos hacia fondos generacionales, con asignación de riesgo según tramo etario o cercanía a la jubilación. La lógica general es:
- más exposición a renta variable cuando faltan muchos años para jubilar;
- menor riesgo cuando se acerca la edad de retiro.
La fecha operativa y el detalle de migración deben revisarse en la información vigente de la Superintendencia de Pensiones.
Artículos de referencia clave
| Artículo | Contenido |
|---|---|
| Art. 1° | Objeto de la ley y principios rectores |
| Arts. 17°–22° | Nueva cotización del empleador: monto, cronograma y exceptuados |
| Arts. 23°–30° | Seguro Social / componentes colectivos y administración |
| Arts. 45°–60° | Fondos generacionales: diseño, transición y elección |
Texto oficial
Texto completo: BCN — Ley 21.735
Guía operativa: BCN — Ley 21.735
Última verificación: 12 de marzo de 2026. Esta ficha es educativa, no asesoría previsional ni financiera.